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Lunes 23 de Enero de 2012, 11:20 horas.
Inicio   : :  Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes

1.- ¿Qué es el derecho de acceso a la información?

Es el derecho fundamental de toda persona a conocer la información y documentos en manos del gobierno.

2.-  ¿Para qué sirve el acceso a la información?

Para  conocer documentos que están en los archivos del gobierno, por ejemplo:

Directorios de servidores públicos

Programas de obra pública

Licitaciones

Presupuestos

Padrones de beneficiarios

Trámites y requisitos

Leyes y reglamentos

Para saber la deuda pública de algún ayuntamiento

Para conocer  el Atlas de riesgo de mi municipio

Para saber qué documentos requiero para obtener una licencia de negocio

Para conocer información de los partidos políticos, a través del IEEM

Para estar informado sobre los mecanismos de participación ciudadana

3.- ¿Debo ser una persona influyente para que respondan mi solicitud?

No.  No requieres ningún documento o recomendación. La Ley de Transparencia garantiza tu acceso a la información pública, sólo tienes que proporcionar tus datos generales.

4.- ¿Qué debo hacer para obtener información?

Presentar una solicitud de acceso a la información. Lo puedes hacer en el Módulo de Información de las dependencias de gobierno, a través de un escrito libre, de manera verbal o vía electrónica, como lo indica la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

5.- ¿Qué es un dato personal?

Un dato personal es aquella información concerniente a una persona identificada o identificable, y sólo debe usarse para los propósitos que fue entregada.

Por ejemplo nombre, fecha de nacimiento, dirección personal, correo electrónico, la huella digital, la matrícula del coche, una fotografía, clave seguro social, son datos que identifican a una persona.

Toda persona tiene derecho a la protección, supresión o corrección de sus datos personales, que obran en los archivos del gobierno.

6.- ¿Qué significa clasificar y desclasificar información?

Clasificación de información: determinar que la información es reservada o confidencia

Desclasificación de información: determinar que la información deja de tener el carácter de clasificada

7.- ¿Qué es una versión pública?

En caso de que los documentos o expedientes contengan una parte de un información considerada como pública y otra como clasificada, se podrá generar una versión pública del documento en donde se cubran las partes clasificadas y descubra la parte que se considera como pública.

8.- ¿Cuál es la finalidad de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios?

Propicia la rendición de cuentas por parte de las  autoridades y contribuye al ejercicio de la democracia.

9.-¿Puedo acceder a toda la información?

No, la ley establece excepciones al acceso a la información, en los casos en los que el Comité de Información (integrado por el titular del sujeto obligado o su representante, el responsable de la Unidad de Información y el contralor interno) decide clasificar la información, mediante un acuerdo fundado en las disposiciones legales aplicables y motivado mediante un razonamiento de las causas y consecuencias del daño o riesgo que originaría la divulgación de la información.

La información clasificada se divide en: reservada y confidencial.

10.-¿Qué hago si no se cumple con las resoluciones de los recursos de revisión?

En caso de que el Sujeto obligado no cumpla con la resolución del recurso de revisión, puede ponerse en contacto con la Dirección de Verificación y Vigilancia al siguiente correo:

vigilancia.cumplimiento@itaipem.org.mx
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Calle Instituto Literario # 510, Colonia Centro; Toluca Estado de México, C.P. 50000. Tel: 01 (722) 226 1980
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