De acuerdo al artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios, se establece que:
Son Sujetos Obligados:
I. El Poder Ejecutivo del Estado de México, las dependencias y organismos auxiliares, los fideicomisos públicos y la Procuraduría General de Justicia;
II. El Poder Legislativo del Estado, los órganos de la Legislatura y sus dependencias.
III. El Poder Judicial y el Consejo de la Judicatura del Estado;
IV. Los Ayuntamientos y las dependencias y entidades de la administración pública municipal;
V. Los Órganos Autónomos;
VI. Los Tribunales Administrativos.
Los partidos políticos atenderán los procedimientos de transparencia y acceso a la información pública por conducto del Instituto Electoral del Estado de México, y proporcionarán la información a que están obligados en los términos del Código Electoral del Estado de México. |